Amnistia Animal
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RESUMEN DE LA LEY

LEY DE PROTECCION ANIMAL ARAGONESA

¿QUÉ ES?
La Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, es el primer instrumento legal de carácter global que se dispone en Aragón para regular la convivencia entre animales y seres humanos, salvando determinadas leyes y reglamentos sectoriales que afectan únicamente a determinados animales o actividades humanas, como los festejos taurinos, la caza o la ganadería. Por primera vez en nuestra comunidad autónoma se plantea la necesidad de regular esta convivencia desde el punto de vista de la Protección Animal, ya que hasta ahora simplemente se regulaban las obligaciones de las personas a la hora de usar o explotar animales, sin tener en cuenta la necesidad de proteger o defender ciertos derechos que asisten a los animales en su convivencia con las personas.

¿CUÁLES SON SUS OBJETIVOS?
Los objetivos de la Ley, se pueden resumir en procurar a los animales un nivel de bienestar acorde con su condición de seres vivos, evitando cualquier tipo de maltrato o daño innecesario y formar y sensibilizar a los aragoneses en el adecuado trato a los animales. En este sentido, la Ley recoge una serie de prohibiciones generales, como las de maltratar o sacrificar animales produciéndoles un sufrimiento innecesario, abandonarlos, mantener animales indebidamente alimentados o sin la necesaria asistencia sanitaria, llevar a cabo espectáculos con animales salvo los estrictamente admitidos por la Ley y otras muchas. De igual modo, la Ley contiene una serie de obligaciones para aquellos que traten directa o indirectamente con animales, como la necesidad de un carnet de manipulador de animales para determinadas actividades, la de cumplir una serie de requisitos mínimos en el transporte de animales o la de procurar a los animales unas condiciones de vida dignas entre otras.

¿POR QUÉ ES NECESARIA?
Esta ley nace, en primer lugar por el vacío legal existente en nuestra comunidad autónoma en todo lo relacionado con la Protección Animal, que nos ha hecho ser una de las últimas regiones en disponer de regulación específica en este sentido. Desgraciadamente, este hecho unido a nuestro propio carácter, ha provocado que se produzcan numerosos casos de maltrato injustificado a los animales. Por ello, hasta que llegue el momento en que la población tenga la necesaria sensibilidad hacia el sufrimiento de los animales, es necesario disponer de unas normas mínimas de comportamiento para conseguir que a convivencia entre seres humanos y animales sea lo más llevadera posible para éstos.

¿A QUIEN AFECTA?
Básicamente esta Ley nos afecta a TODOS, en mayor o menor medida. En lo que respecta a los animales, la Ley es de aplicación tanto para los animales domésticos como para los de abasto, así como para los usados con fines científicos y la fauna silvestre. En cuanto a las personas afectadas por la Ley, puede decirse que todos aquellos que tienen algún trato directo o indirecto con animales están obligados a observar la Ley. En ese sentido, tanto los propietarios de mascotas, como los criadores o vendedores de animales, ganaderos, científicos que usen animales, etc. quedan regulados por la Ley. Pero no sólo ellos: Todos estamos obligados, tengamos o no esta relación habitual con animales, a observar las disposiciones de la Ley. Y no sólo las personas, sino también las Instituciones que organicen o celebren espectáculos con animales y que son los que además de cumplir con la Ley, deben velar por su cumplimiento.

¿QUÉ ASPECTOS REGULA?
La Ley abarca un gran número de aspectos, desde la tenencia de mascotas hasta el sacrificio de animales, pasando por el comercio y transporte, el uso de animales en espectáculos públicos, la experimentación, el uso de animales con fines ganaderos, los servicios de alojamiento y atención sanitaria de animales. Sería demasiado extenso referirse a todos estos aspectos, por lo que básicamente puede decirse que la Ley regula todos los aspectos en los que haya una relación hombre-animal, salvo las excepciones de los festejos taurinos, la caza y la pesca y la fauna silvestre en libertad, que son tratados por su regulación específica.

¿DE QUIEN DEPENDE SU CUMPLIMIENTO?
De nuevo debe decirse que el cumplimiento de la Ley depende de TODOS. Si todos estamos afectados por la misma, de todos dependerá su cumplimiento. Ahora bien, es el Gobierno de Aragón el encargado de velar por su estricto cumplimiento, aplicando el régimen sancionador existente en la propia Ley para castigar las infracciones (leves, graves o muy graves) que puedan producirse. Estas sanciones pueden ir desde 60 euros en el caso de infracciones leves a 150.000 euros en el caso de infracciones muy graves. Además de estas sanciones, se recogen otras como el cierre de instalaciones o la cesación del negocio o pérdida de licencias para casos determinados. Pero no acaban ahí las obligaciones del Gobierno de Aragón, ya que también está obligado por la propia Ley a difundir y divulgar el contenido de la misma, de modo que se pueda alcanzar una verdadera cultura de respeto hacia los animales.

¿QUÉ PODEMOS HACER NOSOTROS?
La respuesta es sencilla: En primer lugar, todos los aragoneses debemos cumplir la Ley, para lo cual es necesario conocerla. En segundo lugar, en la medida de nuestras posibilidades, hacer lo posible por difundirla y divulgarla. Y por último, denunciar todos aquellos casos en los que sea vulnerada, tanto por particulares, como por profesionales e incluso por Ayuntamientos o Instituciones que no observen la Ley, sin ir más lejos al organizar espectáculos con animales no permitidos. Las denuncias han de llevarse a cabo a través del Gobierno de Aragón y en los plazos y forma que éste determina. En todo caso, Amnistía Animal se pone a disposición de todos aquellos que consideren que pueden haber sido testigos de algún caso de vulneración de la Ley, para informarle y asesorarle de los pasos a seguir en la denuncia e incluso para llevar a cabo la misma ante el Gobierno de Aragón.

 

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